¡Joder, qué asco! / Dionisio Sánchez

PDionisioRanchero
Por Dionisio Sánchez R.
Director del Pollo Urbano
elpollo@elpollourbano.net

Con el paso del tiempo, hemos ido viendo cómo el ejercicio de la actividad política ha ido derivando hasta convertirse en una práctica casi exclusivamente desarrollada por funcionarios de manera que el común de los mortales, con oficios o dedicaciones  no dependientes de las diferentes administraciones, han ido quedando  excluídos de poder aspirar a dicho honorable afán toda vez que no pueden competir con ellos dadas las extraordinarias prerrogativas que para sí tienen reservadas.

Si un tendero abandona su comercio durante cuatro años, ya me dirán ustedes que es lo que ha quedado de su negocio cuando, acabada la legislatura, pretenda regresar a seguir vendiendo pipas, tornillos o fotocopias de colores.

Esta absoluta discriminación que ocurre entre los ciudadanos para poder dedicarse a la “cosa pública” hace que, poco a poco, hayamos caído –desde la vieja creencia predemocrática de que cualquier persona puede dedicar un tiempo al servicio de los demás-  en las exclusivas manos de una singular clase omnipresente: la de los funcionarios que no solo gozan de sueldo y plaza a perpetuidad  (naturalmente luego de haberla obtenido tras unas oposiciones –los menos y a los que admiro-, un cupo partidista, sindical o, simplemente,  por  vía familiar, vaginal o balano rectal) sino que el simple ejercicio de su parcial dedicación al  “tempo político” hace que acumulen prebendas, ascensos o, como se dice en la puta calle, “además de ganar pasta, posición e influencia,  les sigue corriendo el contador”.

Antes, de caer en esta cuenta, no éramos pocos los que criticábamos a los sindicatos porque, en origen, mantuvieran un hermético silencio sobre la existencia de tan alto número de variables a la hora de clasificar a los trabajadores y, sobre todo, que los funcionarios fueran una élite en el mundo laboral que solo acumula sinecuras frente a los obreros  que no merecen más que unas horas miserables por año trabajado a la hora de afrontar uno de los habituales despidos que ellos mismos, los funcionarios, regulan desde la comodidad de su trabajo de privilegio. ¿Cómo pueden estar en el mismo saco un trabajador y un funcionario? Imposible.

Pues bien, resulta que hasta ahora, aún siendo casi todos nuestros políticos funcionarios de oficio, el público del circo siempre estaba esperando a que se acabaran las legislaturas para estar atentos por si accedía a la pista central algún espontáneo levantando  una buena denuncia contra el soberbio político que intentaba abandonar su viejo cargo  de puntillas, mirando a la arena  y disimulando pegado a la barrera ¡Quiá, imposible! ¡Pues anda que no tienen oficio!

El caso del pasado alcalde de Zaragoza, señor Belloch,  es de libro… ¿Esto es democracia? ¿Es posible que aún haya algún tonto que crea que en democracia –perdón, en esta democracia-  todos somos  iguales? Ja, ja, ja. Lean, lean y luego, tómense una buena cerveza a la salud de estos privilegiados a los que mantenemos en silencio, con la camisa bien limpia y en filas ordenadas para no molestar su millonario retiro. ¡Joder, qué asco! ¡Lean, lean!

“La Ley Orgánica 12/2011, de 22 de septiembre, de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (BOE del 23), fue pactada deprisa y corriendo y fue publicada tres días antes del Real Decreto de disolución de las Cortes y convocatoria de elecciones generales de 2011. No hay justificación posible para la reforma, que no cuenta con Preámbulo o Exposición de Motivos.

Hasta ahora, y desde 2003, los jueces y magistrados que accedían a un cargo público o de confianza quedaban en situación de excedencia voluntaria en la carrera judicial, lo que no les daba derecho a reserva de plaza ni al cómputo del tiempo que estuvieran en tal situación a efectos de trienios, clases pasivas ni antigüedad. Perdían pues la plaza y muchos puestos en el escalafón. El paso a la política tenía su coste. Sin embargo, la nueva ley modifica los artículos 351 y 356 LOPJ, de modo que en adelante los jueces y magistrados serán declarados en la situación de servicios especiales: “Cuando sean nombrados para cargo político o de confianza en virtud de Real Decreto o Decreto autonómico, o elegidos para cargos públicos representativos en el Parlamento Europeo, Congreso de los Diputados, Senado, Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas o Corporaciones locales”.

El artículo 354.2 LOPJ señala los efectos de la situación de servicios especiales: “A los jueces y magistrados en situación de servicios especiales se les computará el tiempo que permanezcan en tal situación a efectos de ascensos, antigüedad y derechos pasivos. Tendrán derecho a la reserva de la plaza que ocupasen al pasar a esa situación o la que pudieren obtener durante su permanencia en la misma«.

La diferencia a favor está clara. La norma modifica la Disposición Transitoria Octava de la LOPJ y confiere al cambio carácter retroactivo. En efecto: » Los miembros de la Carrera Judicial que, a la fecha de aprobación se encontraren en situación de excedencia voluntaria por la causa prevista en la letra f) del artículo 356, serán considerados, cuando así lo soliciten, en situación de servicios especiales desde la fecha de su nombramiento o aceptación del cargo, computándose como servicios efectivos en la Carrera Judicial el tiempo que hayan permanecido en dicha excedencia voluntaria. Cuando cesen en la situación de servicios especiales, salvo que hubiesen obtenido nueva plaza por concurso, quedarán adscritos con carácter provisional a las Salas del Tribunal Supremo, a las de los Tribunales Superiores de Justicia o de la Audiencia o a los Juzgados de la población en los que se encontraban destinados al cesar en el servicio activo, en función de la categoría y orden jurisdiccional en que servían».

    Beneficiarios: Mariano Fernández Bermejo, José Antonio Alonso, Juan Alberto Belloch, Alberto Ruiz Gallardón… Han estado más de veinte años fuera del servicio activo Belloch y Gallardón, pero todos esos años ahora se les computan como si hubieran estado prestando servicios efectivos – a efectos de antigüedad y derechos pasivos -, en el Cuerpo.

La reforma, aprobada in extremis y sigilosamente, ha sido criticada unánimemente por todas las asociaciones profesionales de jueces. Los jueces, así, pueden pasar de un Poder a otro, pero con la opción de volver como si no se hubieran ido nunca”.

¿Es o no es este breve relato para partirse de risa democrática? Queridos amigos, compañeros y camaradas: que disfrutéis del verano ¡A caballo! ¡Yihii! Salud!

 

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