Andalucía: Isla Mayor, Sevilla. S.O.S. de un pueblo contra la sentencia de muerte dictada contra él por el Tribunal Supremo

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Por Manuel Sogas Cotano

    El 16 de marzo el Tribunal Supremo dictó el certificado de defunción (porque en puridad no puede hablarse de sentencia, dado que no se ha juzgado hecho alguno, porque se ha basado en suposiciones) de los seis mil vecinos y vecinas de Isla mayor, incluida la importante y puntera industria local cangrejera que deberá cerrar de forma inmediata….
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Manuel Sogas Cotano
Corresponsal del Pollo Urbano en Andalucía (Sevilla)

…, con el despido lógico de sus trabajadores y pérdida de sus inversiones, algunas realizadas recientemente, a partir del momento, que podría ser ahora mismo, en que dicho certificado de defunción sea publicado en el B.O.E.

161Isla Mayor01: Industria transformadora
161Isla Mayor02: Canal de riego
161Isla Mayor03: Campos donde se cría el cangrejo, se inundan y crecen los arrozales
161Isla Mayor04: Finca donde se introdujo el cangrejo e industria de transformación al fondo

   Dicho certificado de defunción prohíbe cualquier tipo de actividad pesquera, industrialización y comercialización del cangrejo rojo, cuya actividad ocupa el 70% de la población activa local; unos 200.000 jornales al año y un movimiento económico de 20 millones de euros.

 161Isla Mayor05: Campos de arrozales secos donde se cría el cangrejo con Isla Mayor al fondo
161IslaMayor06: Entrada a Isla Mayor
161Isla Mayor07: Pescador de cangrejos en Isla Mayor. Fotos Molina

  Tal es el crimen que en estos momentos se cierne sobre Isla Mayor, extensible a otros pueblos vecinos como Puebla del Río, Almonte o los Palacios.

Fundamentos del certificado de defunción del Tribunal Supremo

    Se fundamenta sobre “… los informes científicos del CSIC y otros expertos que prueban el carácter invasor (cangrejo rojo) y la amenaza grave que suponen sobre las especies autóctonas (cangrejo de río), el medio ambiente y los hábitos y ecosistemas…”

La “ciencia” ecológica como sustituta de la expresión divina

    Quien quiera que se haya tomado la molestia de saber qué es la ecología, sabe (el CSIC y los otros “expertos” también), que dada la amplitud de los estudios que puede abarcar; la multitud de ciencias, prácticamente todas, algunas de ellas no exactas como el Derecho, la Política, la Sociología o la Psicología, en las que se tiene que basar y la metodología de estudio que tiene que adoptar en cada caso, sus resultados no son en ningún caso indiscutibles, de aquí que no puedan ser tomados como la expresión de las voluntades de las diferentes divinidades que han de ser aplicadas de forma inapelable y sin rechistar.

    Ni el CSIC ni nadie puede demostrar que el cangrejo rojo haya representado ni pueda representar una amenaza para el cangrejo autóctono (cangrejo de río) isleño, por la sencilla razón, que imposibilita cualquier disquisición filosófica o científica al respecto, de que en Isla Mayor, por sus condiciones climatológicas jamás existió ni podrá existir el cangrejo autóctono de río. Por ello, calificar de sentencia lo dictado por el Tribunal Supremo prohibiendo toda actividad industrial o comercial respecto de cangrejo rojo relacionándolo con una amenaza para el cangrejo autóctono, para simplificar y no perder el tiempo, no

    cabe calificarla de otra cosa que de un absoluto sarcasmo, con la consecuencia de graves daños materiales y morales para la población de Isla Mayor.

Y, bien. Señor cangrejo rojo, ¿de dónde es usted?

    Pues señor articulista –responde el cangrejo rojo-, mi primera generación procedía de las marismas de América del Norte, y hace de esto unos cincuenta años que llegó a las Marisma de Isla Mayor, por lo que con el debito respeto y consideración hacia la especie animal humana que habita dicho municipio, yo soy hoy, tan autóctono y natural de Isla mayor, como lo pudiera ser cualquier isleña o isleño. Y si no me ha entendido no tengo inconveniente alguno en volverlo a repetirlo literalmente. Así, que, muy buenas tardes tenga usted.

La historia se repite, pero sólo cuando no se conoce

   Los vikingos eran más aficionados a la apropiación del producto del trabajo ajeno que al propio. Y así sabemos que ya por siglo VIII anduvieron saqueando la Isla Mayor, llegando a veces a la propia Sevilla. Luego, deducimos, que por aquellas fechas había riqueza en Isla Mayor.

   Por el historiador local, Juan Grau, y a través de su libro “La Ermita. Notas para la historia de Isla Mayor” (2002) en el que se narra una lucha más de un grupo de vecinos defendiendo lo que tenían derecho, en su página 69, hace referencia a una serie de conflictos sociales en el siglo XIII tuvieron como escenario Isla Mayor, y que significaron la ruina material de la misma. Concretamente, dice: acabaron con “… la liquidación de la estructura socioeconómica de la QABTUR (Isla Mayor) musulmana, con población estable y entidad propia, que no recuperaría hasta nada menos que seiscientos años después tras un proceso de segregación del municipio matriz (Puebla del Río) que culminará en 1.994”. Otra lucha más del pueblo de Isla Mayor.

   Lo que representa para Isla Mayor el certificado de defunción dictado por el Tribunal Supremo, es el principio de un nuevo proceso histórico para su ruina material, por lo que se impone, a cualquier precio, la aplicación del certificado de defunción.

¿Qué solución inmediata, efectiva y REAL tiene hoy el pueblo de Isla mayor?

   Dado que los Tribunales no actúan por sí mismos, sino en nombre del Rey, acudir en tropel a Casa del Rey, que por otra parte es casa nuestra, para exigir que de forma inmediata, repare el daño material y moral que en su propio nombre ha cometido contra el trabajador pueblo de Isla Mayor el Tribunal Supremo.

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