El 80% de las ortopedias de la Comunidad cumplen con la normativa


Por  Luis Gareta

    Las inspecciones realizadas por Consumo Aragón en 28 ortopedias de la Comunidad Autónoma reflejan que casi el 80% de los controles efectuados cumple los requisitos establecidos por la norma de Consumo.

    Las inspecciones fueron llevadas a cabo en el primer trimestre del año en las tres provincias (en concreto: 17 en Zaragoza, 7 en Huesca y 4 en Teruel) y se efectuaron un total de 411 controles sobre aspectos específicos. Aunque la mayoría de ortopedias aprueban en emisión de facturas o atención al cliente, por ejemplo, no ocurre lo mismo en cuanto a garantías y servicios de reparación.

   Esta campaña de inspecciones se enmarca en el propósito de hacer efectiva la Ley 5/2019, de 21 de marzo, de derechos y garantías de las personas con discapacidad en Aragón. En su artículo 63, hace mención expresa a este colectivo en su condición de consumidores y consumidoras y estipula la protección especial a que están acogidas. Así, se les prestará una atención específica, se les garantizará un acceso normalizado en la adquisición, uso y disfrute de productos, bienes y servicios, y se procurará facilitarles toda la información posible siguiendo los criterios de la accesibilidad universal.

    Uno de los puntos que han evaluado las inspecciones es el relativo a la garantía que, en el caso de los artículos de ortopedia (sillas, vehículos de movilidad, ayudas, prótesis, adaptadores, etc.), al igual que ocurre en el resto de bienes de consumo, es de dos años desde la adquisición del producto. Sin embargo, el 32% de los establecimientos de ortopedia en Aragón no estarían ofreciendo una garantía acorde a los términos de la normativa vigente. El director general de Protección de Consumidores y Usuarios, Pablo Martínez, explica que el plazo de dos años puede extenderse, pero en ningún caso contraerse: “La garantía comercial puede ser superior, pero nunca inferior a los dos años de garantía legal; y en determinados productos de alto coste y tecnificación, como son los vehículos eléctricos para personas de movilidad reducida, por ejemplo, el consumidor debe prever siempre un servicio de reparación y mantenimiento a su alcance”. En este segundo punto también se habrían detectado ciertas irregularidades, ya que solo en el 28% de las ortopedias inspeccionadas se hace entrega de un justificante o resguardo de depósito donde consta el objeto depositado, la fecha, la persona que lo entrega y la fecha prevista de reparación. En todo caso, en el 68% de los casos solo se procede a la reparación previo conocimiento del consumidor del presupuesto que esta operación lleva aparejado.

    Por otro lado, según la normativa, los productos deben ir correctamente identificados con su precio. Normalmente esto se cumple con los expuestos en el interior del comercio (78% de los casos), pero no tanto con los colocados en escaparte, donde poco más de la mitad de los artículos tienen el precio visible (52%).

    Como datos parciales también resalta que el 100% de los establecimientos cumple con el deber de emitir factura (con importe y fecha de contrato) y que el 78,57% cumplen con la obligación de informar al consumidor de la existencia de un servicio de atención al cliente. Prácticamente el 90% de las ortopedias disponen de hojas de reclamaciones y así se hace saber a través de cartelería. Por contra, solo el 28% de ellas dispone de un registro de reclamaciones tal como establece el decreto 150/2016. Según este decreto, los propietarios del establecimiento deben guardar las reclamaciones efectuadas por los clientes donde también figuren las contestaciones correspondientes, siempre proporcionadas en el plazo de un mes desde que se efectuó la reclamación.

    Otro de los aspectos que ha sido objeto de un control específico es la posible financiación de las compras, revisándose cuándo se proporciona esta modalidad de pago. Por ello, conviene recordar que, en estos casos, existe una vinculación entre el producto a adquirir y el crédito formalizado en la propia ortopedia. En todo caso, en la información facilitada debe constar el T.A.E., el número de plazos, el importe de cada uno de ellos, su frecuencia y el importe total, incluidas las comisiones, si las hubiera.

    Las funciones de la inspección de consumo son, entre otras, constatar el cumplimiento de la norma legal, investigar posibles infracciones e informar a empresarios y profesionales sobre las exigencias en materia de consumo, así como a los consumidores para que ejerzan adecuadamente sus derechos. En este sentido, se realiza una labor de divulgación del Sistema Arbitral de Consumo, a través del cual se realizan las pertinentes actuaciones de mediación en caso necesario. El arbitraje permite resolver extrajudicialmente los conflictos surgidos entre las dos partes, en el menor tiempo posible, sin gastos y sin la necesidad de acudir a los tribunales de Justicia. Cuando se llevaron a cabo las citadas inspecciones, también se preguntó a los titulares de los establecimientos si conocían el Sistema Arbitral de Consumo, siendo la respuesta afirmativa en el 53,57% de las ocasiones.

    “Todas las administraciones debemos estar comprometidas con la Ley aragonesa de derechos y garantías de las personas con discapacidad; y precisamente esta campaña de inspección al sector de las ortopedias pretende garantizar los derechos de este colectivo en su condición de consumidores y usuarios y contribuir a que las garantías y la atención al cliente puedan mejorar en un sector esencial para muchas personas”, apostilla Martínez.

    La Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios del Gobierno de Aragón dispone de un teléfono gratuito 900 12 13 14 y de la cuenta de correo consumo.doc@aragon.es para atender cualquier consulta que pueda ser planteada por los ciudadanos aragoneses.