El gobierno aragonés concede ayudas a los comercios para eliminar las barreras arquitectónicas (Marzo 14)

Por Jorge Moreno

    El pasado 17 de febrero se público en el BOA ayudas para el comercio aragonés por parte del Departamento de Industria e Innovación.

     La Comunidad Autónoma de Aragón en virtud del artículo 71.25.ª del Estatuto de Autonomía, tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de comercio, ferias y mercados interiores y por lo tanto también las bases reguladoras para las convocatorias de concesión de subvenciones.

    El sector comercial es una actividad que genera riqueza, aporta bienestar y calidad de vida a los ciudadanos, siendo un instrumento dinamizador y vertebrador de la vida social y urbana. Es por ello que el fomento de esta actividad es tarea común de las Administraciones públicas ya sean locales, autonómicas o estatales.

    La existencia de una oferta comercial amplia y de calidad en los centros urbanos tradicionales resulta compleja si esas zonas comerciales no se hacen lo suficientemente atractivas para el tránsito comercial. Es por ello que, en ocasiones, es necesario modernizar las zonas comerciales de los municipios, de modo que se adecuen las estructuras comerciales y los hábitos de compra a la cultura de una comunidad.

    Con el objetivo de impulsar la creación de empleo, la mejora de la competitividad y la dinamización de la economía aragonesa, el Gobierno de Aragón ha elaborado la «Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento», cuya implementación será este año 2014

    En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con las competencias asignadas al Departamento de Industria e Innovación en el citado Decreto 27/2012, de 24 de enero, así como por lo dispuesto por el Decreto 183/2010, de 5 de octubre y el Decreto 38/2006, de 7 de febrero, del Gobierno de Aragón, modificado por el Decreto 199/2006, de 6 de octubre, resuelvo:

    Es objeto de esta orden convocar, para el año 2014, con cargo al Fondo Local de Aragón, ayudas para la realización, por las entidades locales, de actuaciones de urbanismo comercial en calles o zonas y áreas comerciales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Serán gastos subvencionables aquellos que respondan de manera inequívoca a la naturaleza de la actividad subvencionada y sean realizados por los beneficiarios indicados en el apartado siguiente, siempre que deriven de los siguientes conceptos:

    Actuaciones urbanas o acciones de urbanismo comercial, reconvirtiendo zonas de marcado carácter comercial en áreas peatonales, o mejorando el tránsito y la accesibilidad (bordillos, aceras, supresión de barreras…), y el estacionamiento en dichas calles comerciales.

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