Tasa y media / José Luis Bermejo

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Por José Luis Bermejo
Profesor de Derecho Administrativo, Universidad de Zaragoza

… Si no quieres café. Más de un año después de la implantación generalizada de las tasas judiciales, éstas han hecho su efecto, contribuyendo a despoblar los juzgados y aliviándolos de nuevas cargas (las pasadas, bastante pesadas de por sí, deberán sobrellevarlas todavía un tiempo). En realidad, tasas judiciales ya había, pero eran anecdóticas frente a las actuales, cuyo propósito declarado ha sido el de repercutir el coste de la administración de justicia en los usuarios de la misma. El objetivo último no era tanto recaudar fondos para las menguadas arcas públicas sino disuadir a los justiciables de serlo, maquillándose las estadísticas judiciales en una operación de cosmética nacional dirigida a los mercados internacionales, ávidos de noticias sobre nuestras reformas estructurales (que no llegan, de momento son todas coyunturales).

Todo este tipo de medidas disuasorias públicas despliegan efectos inmediatos y remotos, pretendidos y eventuales, colaterales y adversos… en esto no hay excepción. Cabe citar la mejora de las condiciones de trabajo de los empleados públicos al servicio de la Justicia, la agilización de los tiempos de respuesta judicial a los conflictos, el descenso en las cifras de negocio de los profesionales legales, el aumento de la inseguridad jurídica y del desconcierto y desazón de los ciudadanos, Cualquier encarecimiento o restricción de un servicio público resulta tan ahorrativo como impopular, pero hay algunas operaciones de ajuste institucional que, simplemente, no debieran acometerse.

Fuera de discursos simplistas o sectarios, pero convencidos del papel que juegan las estructuras políticas y de organización social desde los inicios de la Historia de la humanidad, y tomándonos una pequeña licencia fundamentalista, hay que afirmar que la Justicia debería ser universal y gratuita en todos sus órdenes y en todas sus prestaciones. Al menos en un país donde la presión fiscal ciudadana asciende a un tercio de la renta personal, no se justifica ningún tipo de copago por la atención pública a unas contingencias altamente involuntarias y resolubles con bajísimos costes (prácticamente, personal especializado sin capacidades extraordinarias, porque el conocimiento jurídico es asequible casi a cualquiera, mantenimiento de sedes y redes –informáticas-). El paralelismo con el Ejército es palmario: ¿se puede o debe repercutir en los ciudadanos el coste de las balas disparadas en caso de guerra?

Las tasas judiciales no tienen un pase desde un punto de vista ontológico. Ya no estamos en presencia de un despojo del concepto del manido “Estado social”, ni siquiera en una merma de las garantías propias del “Estado democrático”. Se trata de un atentado a la segunda de las esencias del Estado en su concepción occidental-civilizada, la relativa al “Estado de Derecho”. No hay Estado de Derecho posible si no hay custodios del Derecho o si se restringe el acceso a los mismos por motivos económicos. Habrá “Estado de Ahorro”, pero no “Estado de Derecho”.

 

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